Resolución de 23 de julio de 2019 por la que se establece el procedimiento para realizar los llamamientos para cubrir vacantes sobrevenidas y sustituciones de personal docente, durante el curso escolar, mediante nombramientos de funcionarios interinos.

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Estas son las aportaciones que UGT solicitó que se incluyeran en dicho texto:

1.- No a la suspensión de llamamientos durante periodos próximos a semanas no lectivas y/o junio.

2.- Procesos de peticiones de puestos interinos abiertos no solo los miércoles sino durante toda semana. UGT defiende un proceso de sustitución continuo, en los cuales las plazas se cubran lo más pronto posible.

3.- Actualización del catálogo de interinos.

4.- Si surge la necesidad de llamamiento telefónico extraordinario que se notifique los puestos que han sido adjudicados.

5.-Que las sustituciones de 1/3 por reducciones de jornada se completen a 1/2 jornada con apoyos/desdobles y/o guardias.

6.- Que se cobren los meses de julio y agosto para interinos en sustitución con más de 5 meses trabajados.

7.- Que los repartos de grupos se hagan en septiembre cuando esté todo el personal de cada departamento reunido: funcionarios/interinos en vacante. Hay que extremar la vigilancia en este asunto puesto que no siempre se cumple (algunas veces nos encontramos con repartos hechos a finales de junio) y es algo recogido en las instrucciones de inicio de curso.

8.- Que todas aquellas ausencias notificadas con antelación pero que se inician con posterioridad a los llamamientos (miércoles) salgan realmente con anterioridad indicando la fecha de inicio de la sustitución. Nos referimos a casos como matrimonios/parejas de hecho que se notifican con al menos un mes de antelación y muchas veces no se cubren.