La Junta de Personal Docente sale satisfecha con la mediación ofrecida por el Presidente del Gobierno de Cantabria.
Nos hemos comprometido a enviarle una propuesta vía informe jurídico que abre la puerta al cumplimiento de las horas lectivas que nos demanda la Consejería de Educación. Revilla ha mantenido que, siempre que no se desvíe del cumplimiento que los informes jurídicos nos exigen, estaría dispuesto a mediar y buscar una solución para este conflicto.
Desde la Junta hemos explicado que la jornada de un docente se distribuye en horas lectivas y complementarias. Se entiende por horas lectivas las de atención directa al alumnado y no necesariamente de carácter curricular, muestra de ello es que los recreos tienen consideración de horas lectivas y su función, lejos de ser la puramente curricular, es de custodia estrictamente. Por otro lado, las horas complementarias son aquellas que sirven para coordinar planes y proyectos educativos, planificar el desarrollo del curso, de la programación, de otras las labores docentes así como hacer guardias, reuniones de tutoría, horas de atención a padres, salidas didácticas, preparación de celebraciones (día de la Paz, de la familia, certamen de pintura, concurso de relatos, …) y un largo etcétera.
Acogiéndonos a este hecho, solicitamos que aquellas horas complementarias de atención directa al alumnado y que tengan carácter didáctico, estén vinculadas al currículo y recogidas en la programación didáctica y en la PGA tengan consideración de lectivas puesto que, aunque son voluntarias para el alumnado, son obligatorias para los docentes en tanto en cuanto están recogidas en la citada PGA. De ser así, los docentes nos mantendríamos en el cumplimiento de horas lectivas que el informe de la Consejería de Educación impone. Es necesario recordar que la competencia para la catalogación de las horas de los docentes (bien lectivas o bien complementarias) compete, única y exclusivamente, a la Comunidad Autónoma y, por lo tanto, solo necesitamos que haya voluntad política para ello. Esto queda demostrado en el hecho de que otras CCAA consideren como lectivas las guardias al alumnado que aquí en Cantabria tienen carácter complementario.
Sirvámonos del siguiente ejemplo para ilustrar lo anteriormente expuesto:
Si se está trabajando una unidad didáctica sobre “el agua” y los docentes llevan a sus alumnos al “Museo Marítimo” de Cantabria para ilustrar este contenido curricular, estaríamos en horas de carácter lectivo porque son de atención directa al alumnado, con objetivo curricular y plenamente didáctica. No es razonable pensar que, de 9:00 horas a 14:00 horas esta actividad tiene carácter lectivo y, si la actividad se extiende a las 17:00 horas, esas restantes no serían lectivas sino complementarias. Lo que se demanda es que todas tengan carácter lectivo y cumplir así con las horas que se nos exigen.
Desde la Junta de Personal Docente elaboraremos un documento que recoja esta demanda y se lo presentaremos al Presidente del Gobierno para que facilite así la negociación.
Esta propuesta favorece:
- El mantenimiento del calendario bimestral con periodos no lectivos equilibrados.
- Permite la coordinación y planificación docente en los meses de septiembre y junio.
- Permite empezar el día 10 de septiembre, dando tiempo suficiente para arrancar el curso con garantías.
- No penaliza a los compañeros de Enseñanzas Medias que han visto, también, aumentados los días lectivos.
Os mantendremos informados.