El dinero devengado por participar en un tribunal de las Oposiciones docentes 2018 viene determinado por el decreto 36/2011 del Gobierno de Cantabria, y puede deberse a varios conceptos:
1. Importe de Asistencias y de complementos por participación en tribunales de oposición o concurso u otros órganos encargados de la selección de personal: se regula en el Artículo 25 de la Orden y sus cuantías se estipulan en el Anexo IV de la misma:
Cuantías en euros | |
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Asistencia de Presidente, Secretario o vocales (por sesión) | 52,00 |
Complemento de Presidente por todo el proceso selectivo | 40,00 |
Complemento de Secretario por todo el proceso selectivo | 30,00 |
Las cuantías anteriores se incrementarán en el 50 por 100 de su importe cuando las asistencias se devenguen por la concurrencia a sesiones que se celebren en sábados o en días festivos (Artículo 28.2).
2. Importe por manutención: se percibirá el 50 por 100 del importe de la dieta de manutención, que según el Anexo II del decreto son 43,00€ para funcionarios de los subgrupos A1 y A2, cuando la sesión se inicie antes de las catorce horas y finalice después de las dieciséis horas (Artículo 12 del decreto). Por tanto, en esos casos se percibirán 21,50€.
3. Importe por desplazamientos, estacionamientos, etc.: Ida y vuelta desde tu Centro de Trabajo al lugar de reunión del Tribunal, a razón de 0,19€ por kilómetro en vehículo propio según el Anexo V de la Orden. Los desplazamientos se regulan en los Artículos 16 y 17, donde también se indica que se podrá autorizar el gasto producido por aparcamientos y peajes, siempre que sean necesarios, previa justificación documental.
Para solicitar las cantidades a percibir hay que rellenar y presentar los partes correspondientes. Recuerda que la sesión máxima de trabajo de los miembros del tribunal es de 6 horas diarias, contando desplazamientos desde el centro de destino, y si la jornada se prolongara más de 6 horas esto sería por decisión del tribunal, y no generaría compensación económica alguna.